¿Quiénes pueden ingresar hoy a España y a Argentina?

Última actualización 02/06/2021

No hubo grandes cambios en los últimos meses con respecto a las restricciones de frontera entre ambos países, pero suele haber mucha confusión sobre quienes pueden viajar y quienes no a cada país, y mezclarse las cuestiones de documentación y frontera con las restricciones sanitarias.

Aquí va entonces un resumen actualizado de dichas condiciones así como los links oficiales para ambos países.

¿Quiénes pueden ingresar hoy a España?

  • Ciudadanos europeos, sin restricciones
  • Residentes (o con visado de larga duración o de estudios, en este último caso como mínimo 15 días antes de arrancar el curso) en cualquier país de la Unión Europea, estados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano y San Marino, pero siempre que se dirijan al país en el que viven
  • Residentes -no importa si son nacionales o no- de los países de la lista, por el momento: Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, China y las regiones de Hong Kong y Macao
  • Familiares directos de un nacional de un Estado miembro de Unión Europea que viajen juntos o viajan para unirse al nacional de un Estado miembro de Unión Europea, presentando toda la documentación que valide el vinculo. Si es documentación Argentina (ej: acta de matrimonio, de nacimiento, etc) deben estar apostilladas y en algunos casos legalizadas. De tratarse de documentación expedida por algún organismo miembro de la Unión Europea (ej: acta de nacimiento literal española, acta matrimonio Plurilingue italiana, etc) no es necesario apostillar.
  • Pasajeros con Visa a largo plazo emitida por un Estado miembro de Schengen que regresen a España o a su país de Residencia
  • Estudiantes con su respectiva Visa y Seguro Médico. Se les permite viajar 15 días antes del inicio de sus estudios en España
  • Parejas extranjeras de Comunitarios no casadas y no registradas que hayan solicitado el permiso correspondiente en el Consulado Español, demostrando la unión (hijos en común, propiedades en común, cuentas bancarias unificadas, etc.)
  • Marinos Mercantes
  • Personal Militar
  • Se aceptarán los permisos de Residencia y las Visas “D” que expiraron entre el 14 de Diciembre de 2019 y el 21 de Junio de 2020
  • Personas que residan en el resto de países pero solo en los siguientes casos:
    • Personal de transporte de mercancías y tripulantes de buques y personal de vuelo
    • Profesionales de la salud (incluye a investigadores y personas dedicadas al cuidado de mayores) que se dirijan o regresen a su lugar de trabajo
    • Personal diplomático, de organizaciones internacionales y militares, e organizaciones humanitarias, pero siempre durante su trabajo
    • Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, debidamente justificado
    • Por motivos familiares imperativos o de fuerza mayor o necesidad, debidamente justificado
  • La frontera internacional (exterior) de España continúa parcialmente cerrada. Esta medida fue extendida, por el momento, hasta las 24hs del 30 de Junio de 2021 según el nuevo BOE publicado el 27/05/2021
  • Las fronteras entre países Comunitarios continuán abiertas. Solo se debe chequear antes de viajar, que requisitos presenta cada uno para el ingreso (puede ser cuaretena o prueba de PCR negativa o no requerir nada). Puedes chequearlo aquí
  • Actualmente los vuelos ya no son considerados “especiales” ya que las Aerolíneas pueden operar sus rutas regularmente, tanto nacional como internacional. Pero atención! esto significa que la aerolinea puede operar las rutas que tiene asignadas sin solicitar ninguna autorización especial, lo que no significa que puedan embarcar a todos los pasajeros. El embarque estará sujeto a cumplir con las restricciones de Frontera (documentación) y Sanidad de cada país en el que opera
  • Las Aerolíneas ofrecen para algunas rutas menor frecuencia ya que por las restricciones de frontera y sanidad la demanda ha disminuido considerablemente. Mientras que otras se encuentran directamente suspendidas

¿Qué debo presentar para ingresar a España?

  • Documentación que habilite el ingreso como Español, Comunitario o Familiar de primer grado de Español o Comunitario (detallado previamente)
  • Prueba de PCR negativo realizada dentro de las 72hs previas al ingreso a España. Info completa aquí
  • Código QR del formulario de Sanidad, realizado dentro de las 72hs previas al viaje que deberá completar aquí
  • Si se dirige de modo terrestre a una provincia dentro de España diferente a la que arriba su vuelo, deberá presentar ante las autoridades en los controles fronterizos: el pasaje internacional con el cuál arribó, más el domicilio de residencia hacia el cuál se dirige
  • NO se realiza cuarentena al llegar a España (excepto viajeros procedentes de Brasil o Sudáfrica)

¿Quiénes pueden ingresar hoy a Argentina?

  • Nacionales y Residentes Argentinos
  • Aquellos extranjeros que posean familiares directos que sean argentinos o extranjeros residentes: madre, padre, hijo, hermano o cónyuge. La gestión se podrá realizar ante el Consulado o la Dirección Nacional de Migraciones del país de residencia
  • Personas que trasladan mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas por aire, tierra, mar, ríos o lagos
  • Transportistas y tripulantes de buques y aviones
  • Personas que operan vuelos y traslados sanitarios

¿Qué debo presentar para ingresar a Argentina?

  • Documentación que habilite el ingreso como Argentino o Familiar de primer grado de Argentino (detallado previamente)
  • Prueba de PCR negativo realizada dentro de las 72hs previas al embarque hacia Argentina. Info completa aquí
  • Declaración Jurada (DDJJ) de Ingreso a Argentina, realizado dentro de las 72hs previas al viaje que deberá completar aquí
  • Descargarse la APP Cuidar aquí
  • Si se dirige de modo terrestre a una provincia dentro de Argentina deberá verificar aquí que requisitos solicita la misma. En el caso de solicitar “Certificado Verano” deberá requerirlo aquí
  • Actualmente, además de presentar la prueba PCR negativa al ingreso a Argentina, se deberá realizar una cuarentena de 10 días en el domicilio de destino final
  • A partir del 28 de Marzo´21 , según el Boletín Oficial del 25/03/2021, quienes ingresen en Argentina, además del PCR realizado previo al embarque hacia Argentina, deberá realizarse un testeo al llegar y otro a 7º día del ingreso
  • Todos los testeos serán a cargo del pasajero
  • Ante resultado negativo, el pasajero deberá realizar aislamiento domiciliario hasta realizará el otro test para finalizarlo
  • El aislamiento será de 10 días contando desde la fecha en la que se realizó la primer prueba en el exterior
  • En el caso de resultado Positivo al ingreso al país, deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia
  • Adicionalmente, quienes hubieren resultado positivo en dicha prueba y sus “contactos estrechos” deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera
  • La estadía en los citados lugares de aislamiento será a cargo de la persona que ingresa al país, y deberá efectivizarse en la forma que establezcan las autoridades competentes.
  • Según el mismo Boletín Oficial, los vuelos entre Argentina y: Chile, Brasil y México quedan suspendidos a partir del 28 de Marzo del 2021 a las 00hs y hasta nuevo aviso
  • Se permitirán vuelos hasta 48hs después de comenzada la nueva restricción
  • Se limita a 2.000 ingresos y egresos diarios

Links oficiales de utilidad y de lectura (para mí) obligatoria antes de viajar

* Re-Open Europa

La Unión Europea ha creado un sitio Web dedicado al estado actual de todos sus países miembro y las restricciones sanitarias, de viaje y circulación. Esta página es actualizada constantemente y se recomienda su lectura antes de viajar o incluso sacar el pasaje

Puedes consultarla aquí introduciendo el País de destino

* IATA Travel Centre

La Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA) ha puesto a disposición del público general este sitio Web donde poder consultar de modo personalizado (ingresando tus propios datos personales) todos los requisitos de Documentación, Visados y Sanitarios del país de destino.

Solo debes ingresar aquí tus datos de nacionalidad, vuelos y destino para recibir la información actualizada al momento.

* Exteriores España

A través de diferentes Comunicados y Boletines Oficiales (BOE) la Web de Extranjería España informa las actualizaciones de restricciones de Frontera.

Consultalo aquí

* Sanidad España

A través de su Web, Sanidad no solo actualiza las restricciones sobre requerimientos sanitariaos (PCR) para el ingreso a España, sino que posee el Formulario obligatorio a completar que nos entregará el código QR habilitante

Para seguir las actualizaciones de requisitos Sanitarios, chequea aquí

Para completar el Formulario de Salud, aquí

* Migraciones Argentina

En los diferentes apartados de la Web de Migraciones Argentinas encontraremos todo lo referente a las restricciones de ingreso al país, así como el acceso a los formularios de DDJJ de ingreso y egreso del territorio y las APP que debemos descargar.

Aquí podrás encontrar la normativa completa de restricción de ingreso al territorio Nacional

Desde aquí podrás completar el formulario de Ingreso y Egreso

Y desde aquí descargar la APP Cuidar

Importante!

  • Llegar al aeropuerto con muchísima anticipación (Barajas solicita 4hs antes mientras que Ezeiza requiere 5hs antes de la salida del vuelo)
  • Tener a mano toda la documentación que sabemos que nos van a solicitar
  • Llevar la copia del pasaje y la tarjeta de embarque en formato digital
  • Llevar además del barbijo=mascarilla puesto, varios de recambio. Las autoridades sanitarias hablan de un recambio cada 4hs. Entonces tener en cuenta apróximadamente 12 horas de vuelo más el tiempo en el aeropuerto de salida, más la llegada
  • muy importante!!! por más viajes que tengamos en nuestro haber, leer todas las recomendaciones y requerimientos que HOY aplican a los vuelos en cada Aerolínea. Todo ha cambiado y es importante estar bien informados antes de salir de casa rumbo al aeropuerto para evitar dolores de cabeza
  • Lean además de todas las Webs Oficiales de cada país, las recomendaciones de la Aerolínea por la que vuelan

Como venimos observando, las actualizaciones son constantes y van evolucionando día a día. Es por esto que les recordamos la importancia de mantenerse atentos a las últimas novedades

@lolienmadrid

11 comentarios

  1. Hola Loli, genial la info. Consulta quizás tonta, un argentino no residente, puede ingresar a argentina con pasaporte argentino? O sea, sino vive y no vino a argentina hace muchos años…..
    Y otra cosa, argentino no residente (compra pasaje ida y vuelta con pasaporte USA 🇺🇸) la aerolínea puede no permitirte subir al avión para volar a argentina? Por más que al llegar acá en migraciones ingrese con pasaporte argentino?

  2. Hola Loli, genial la info. Consulta quizás tonta, un argentino no residente, puede ingresar a argentina con pasaporte argentino? O sea, sino vive y no vino a argentina hace muchos años…..
    Y otra cosa, argentino no residente (compra pasaje ida y vuelta con pasaporte USA 🇺🇸) la aerolínea puede no permitirte subir al avión para volar a argentina? Por más que al llegar acá en migraciones ingrese con pasaporte argentino?

    1. Hola! como Argentino siempre se puede retornar al propio país. Es necesario presentar un documento argentino que demuestre la nacionalidad, pasaporte o DNI. Hoy que solo los Argentinos pueden ingresar al país, la aerolínea que te embarque en el país de salida te va a pedir mostrar ese documento argentino aunque te embarque con otro pasaporte, en este caso de USA.

  3. Hola. ¿Con una ‘unión convivencial’ (argentina + español) se puede ingresar a España o solo con acta de matrimonio?
    Si es sí, se apostilla?
    Gracias!!

  4. Hola Loli, cómo estás? Antes que nada muchas gracias por la info tan completa. Te escribo porque quisiera viajar a Portugal ya que mi novio está viviendo allá con su correspondiente residencia. La pregunta es si yo puedo viajar a Portugal con una copia de su residencia más copia de nuestro certificado de unión civil convivencial, el cual además está apostillado y legalizado en el tribunal de faltas de CABA. Los originales los tiene él, yo tengo fotocopia acá. Esta documentación me sirve para ingresar a la UE? o al momento de embarcar necesito el original por ejemplo del certificado de unión. Entiendo que como familiar de residente puedo viajar, pero me da miedo que no me dejen embarcar. Muchas gracias por tu tiempo, te mando un saludo! Pau

    1. Hola! si bien hay muchas bases en común para toda la Unión Europea, cada país tiene su propias restricciones de Ingreso. Tendrías que verificarlo con la Embajada de Portugal para mayor seguridad. Saludos, Loli

  5. Hola Loli.-. Muy completo tu blog. Somos un matrimonio que vivimos en Argentina y tenemos una hija que vive en Madrid y queremos ir a visitarla. Yo tengo pasaporte comunitario, pero mi señora no.- Yo estoy vacunado con Sinopharm y mi señora con Sputnik.- Ahi leí que para reencuentro familiar se puede viajar, mi señora aun con Sputnik.-. Que documentación necesitamos (partida de casamiento y nacimiento de nuestra hija apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores) y respecto a la residencia de mi hija en España que documentación se necesita? Pero no lo va a tener en original porque la tramitaría ella.- Muchas gracias

    1. Hola! pueden viajar juntos con tu pasaporte comunitario vigente, el acta de matrimonio apostillada y PCR negativo tu señora porque tiene Sputnik y vos con tu certificado de vacunación con Sinopharm

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